10 de septiembre de 2016

Terrones, héroe civil

Se declara Héroe Civil Nacional a Don Fernando Terrones Asencio

El 11 de mayo de 1982 los Senadores Rosa Estrada Alva y Eduardo Yashimura Montenegro, presentan el Proyecto de Ley N° 931/ 81-S por el cual, se declara héroe con dimensión nacional a Don Fernando Terrones Asencio, quien fuera juzgado y ejecutado por el enemigo, el 25 de junio de 1882, en el Distrito de San José, Provincia de Pacasmayo, La Libertad.

El documento dice lo siguiente:

"Los Senadores de la República que Suscriben:
CONSIDERANDO:

Que es deber primordial de la Nación rendir homenaje a sus hijos, que con sus actos, heroicos, han dejado un ejemplo a las generaciones presentes y futuras en horas cruciales de la guerra de 1879.

Que en el Distrito de San José, Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad, fue escenario de un hecho que merece quedar escrito en nuestra historia y ser reconocido por la Nación, cuyo protagonista fue el valiente campesino FERNANDO TERRONES ASENCIO.

El acto heroico de FERNANDO TERRONES ASENCIO, fue su entrega voluntaria a las fuerzas chilenas, para evitar el fusilamiento de don Pedro Ríos, así como a otros peruanos que eran amenazados de muerte sino entregaban al valiente joven, que era buscado para ser fusilado, por haber dado muerte a cuatro soldados chilenos en defensa propia y por defender a la esposa de un amigo suyo, que era maltratada por la soldadesca chilena.

Que el 25 de junio de 1882 FERNANDO TERRONES ASENCIO, es juzgado y ejecutado por mandato del jefe chileno apellidado Arellano, pocos días después de haberse incendiado el pueblo de San José, en represalia por la muerte de los soldados chilenos.

Que el 25 de junio del presente año, se cumple el Centenario de la inmolación de nuestro valiente compatriota FERNANDO TERRONES ASENCIO.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
Ha dado la Ley siguiente:

ARTICULO 1°,- Declárese Héroe Civil Nacional al joven FERNANDO TERRONES ASENCIO, que ofrendó su vida en defensa de la patria el 25 de junio de 1882,

ARTICULO 2°- Declárese día cívico no laborable, por ésta única vez, en el Distrito de San José, Provincia de Pacasmayo, el 25 de junio de 1982, al conmemorarse el Centenario del heroico sacrificio del joven FERNANDO TERRONES ASENCIO.

ARTICULO 3°- Esta ley entrará en vigencia al día siguiente de su promulgación.

Comuníquese, etc,
Lima, 11 de Mayo de 1982"


El 12 de mayo de 1982 la iniciativa es admitida a debate a la Comisión de Defensa Nacional y Orden Interno, que lo dictamina favorablemente el 26 de mayo y aprobada en sesión del Senado de dicho día.

Es vista en revisión por la Cámara de Diputados, que aprueba una fórmula sustitutoria en sesión del 18 de agosto de 1982, el mismo que el Senado lo sanciona, en sesión del 24 de agosto de 1982, no insistiendo en su propuesta primitiva.
"Lima, 19 de Agosto de 1982
Señor Presidente del Senado
En sustitución del proyecto de ley que el Senado se sirviera enviar en revisión con su apreciable oficio N° 126/2.L.O.-DL, de fecha 26 de Mayo último, en virtud del cual se declara Héroe Civil Nacional a don Fernando Terrones Ascensio, que ofrendó su vida en defensa de la Patria el 25 de Junio de 1882, la Cámara de Diputados, en la sesión celebrada el día de ayer, aprobó la fórmula propuesta en el curso del debate que, en documento debidamente autorizado, me complazco en remitir a usted para los fines con siguientes.
Válgome de la oportunidad para renovar al señor Presidente el testimonio de nuestra consideración más distinguida.
Dios guarde a usted
Valentín Paniagua Corazao
Presidente Cámara de Diputados"
El texto sustitutorio es el siguiente:
"EL CONGRESO, etc.
Ha dado la ley siguiente;
ARTICULO UNICO.- Declárase Héroe Civil Nacional a Fernando Terrones Asencio, que ofrendó su vida en defensa de la Patria, en el Distrito de San José (Provincia de Pacasmayo, Departamento de La Libertad) el 25 de Junio de 1882.
Dada, etc."
Así que es promulgado por el Presidente de la República Fernando Belaunde Terry, el 03 de setiembre de 1982, como la Ley N° 23458.

*******************
Transcripción de documentos y texto basado en lo publicado en la web del archivo del Congreso, Área de Archivo del Congreso de la República congreso.gob.pe

Saludos
Jonatan Saona

No hay comentarios.:

Publicar un comentario